Por Fernando Díaz
Monterrey, N.L. / 20.05.2023
A pesar de que en 2019 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara inconstitucionales las leyes locales que impiden la unión civil entre dos personas del mismo sexo, en algunos estados se sigue obstaculizando este proceso.
El estado de Nuevo León no es la excepción, pues en el artículo 291 del código civil establece, “El concubinato es la unión de ‘un hombre y una mujer’”, discriminando de manera segregativa a las parejas LGBT.
A pesar de que el código aún no se modifica, se han realizado actos de unión civil sin la necesidad de acudir algún amparo, tal es el caso de Janeth y Ametzú, quienes en 2019 acudieron al registro civil de San Nicolás de los Garza a contraer nupcias, luego de que la SCJN notificará al Congreso local del estado de Nuevo León invalidar los artículos 140, 147 y 148, que impedía el matrimonio igualitario; esta acción no fue realizada en el plazo asignado (3 días), lo que las llevó a esperar 7 horas en las oficinas del registro civil, hasta que gracias a que la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León (CEDHNL) había presentado medidas cautelares para resolver el asunto en 24 horas, la Oficial de Registro Civil declaró Ametzu Aranda y Janeth unidas en legítimo matrimonio.
Ese fue solo un caso de los pocos que se tienen registro en el estado ya que las instituciones obstaculizan esta acción mediente requerimientos innecesarios.

Si bien la sentencia a favor de la SCJN sobre el matrimonio igualitario ayudó a que en el país fuera una realidad, ha habido un avance en el tema este ha avanzado de manera muy lenta en los últimos 13 años.
En el año 2010, la Ciudad de México se convirtió en la primera entidad federativa en aprobar el matrimonio igualitario, teniendo que pasar 12 años para que este derecho escalará a nivel nacional, y aún así en algunas entidades federativas existe un proceso muy largo que impide el acceso a este derecho.
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